MANUAL UNICO DE CADENAS DE CUSTODIA DE EVIDENCIAS FISICAS

 



     En atención a las exigencias establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal (2001), el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz y el Ministerio Público, elaboraron el Manual Único de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas, con el objeto de regular los procedimientos generales y específicos de las evidencias físicas que intervienen en la investigación penal. En la praxis, las inquietudes surgidas en los funcionarios que de manera directa o indirecta vienen participando en la protección y tratamiento de las evidencias físicas relacionadas con un hecho presuntamente punible, constituyeron alertas técnicas sustantivas de primer orden. Por esta razón surgió la necesidad de adecuar el contenido del manual a la normativa legal vigente, incorporar nuevos métodos y técnicas consideradas intencionalmente, así como eliminar los vacíos procedimentales que se observaron.

La labor de adecuación del manual único, requirió el trabajo articulado entre los diversos órganos y entes relacionados con la Cadena de Custodia de Evidencias Físicas, entre ellos el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, con sus órganos y entes adscritos; Ministerio Público, Defensa Pública, Ministerio del Poder Popular para la Defensa, entre otros. El equipo asesor realizó los aportes al contenido de este manual, considerando su valiosa experiencia en el campo de la investigación penal, con el propósito de normar y estandarizar los procesos inherentes de cadena de custodia de evidencias físicas, concebido ahora como un sistema, en el que todos sus procesos interactúan para consolidarse como garantía legal desde la obtención de la evidencia física, hasta la disposición final.

En el manual se describen de manera general, los procesos y procedimientos que integran el Sistema de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas, constituido por cuatro fases: Inicial, Laboratorio, de Disposición Judicial y de Disposición Final.

 

En la Fase Inicial se encuentra el Proceso de Obtención, que contempla de manera única (para cada evidencia) o combinada (para varias evidencias en un mismo hecho), mediante cuatro modalidades: Obtención Técnica, Obtención por Aseguramiento, Obtención por Consignación y Obtención por Derivación, las cuales consagran las diferentes formas en que los operarios del manual puedan iniciar el proceso de la cadena de custodia de las evidencias físicas. 

En la Fase de Laboratorio se encuentra el Proceso de Peritación, relativo a los estudios forenses bajo ambiente controlado, con la finalidad de desarrollar los dictámenes periciales. El Proceso de Peritación se desarrolla con los procedimientos de recepción de la evidencia, designación, peritaje y remisión.

En la Fase de Disposición Judicial, se contemplan el Proceso de Resguardo Judicial y la posibilidad del Proceso de Exhibición en audiencia de las Evidencias Físicas, acompañado de los procedimientos y actividades de traslado y transferencia.   


En la Fase de Disposición Final, se demuestra el dinamismo de la concepción del sistema, pues el proceso de Cadena de Custodia no siempre finaliza con la culminación del proceso penal, dado que puede terminar con una Disposición Final aplicada a la evidencia física luego de su valoración; la cual se puede materializar en los siguientes escenarios: Devolución, Entrega, Destrucción y Consumida en Peritaje.
Es Importante resaltar tres figuras de carácter continuo, comunes a todas las fases, denominadas Proceso de Resguardo, Procedimiento de Traslado y Actividad de Transferencias. El Proceso de Resguardo que persigue la preservación de las evidencias y se caracteriza por el cumplimento de los procedimientos de Recepción, Registro, Almacenamiento y Salida. Asimismo, se plasman las consideraciones generales relativas a la instalación y el funcionamiento de las áreas de resguardo de evidencias físicas. 
Esta reforma del manual, incluye un glosario de términos, cuya finalidad es unificar criterios, en el tratamiento de evidencias físicas, para empoderar el lenguaje criminalístico-forense venezolano, conforme a las consideraciones internacionales en la materia. 
El manual, como génesis en materia metodológica y procedimental, permitirá la creación de los protocolos, que se corresponderán con el funcionamiento propio de las ciencias, y no con la estructura organizativa de institución alguna, partícipe en el sistema de cadena de custodia

CADENA DE CUSTODIA

DEFINICIÓN

La cadena de custodia es según el artículo 187 del Código Orgánico Procesal Penal (2012):
“… la garantía legal que permite el manejo idóneo de las evidencias digitales, físicas o materiales, con el objeto de evitar su modificación, alteración o contaminación desde el momento de su ubicación en el sitio del suceso o lugar del hallazgo, su trayectoria por las distintas dependencias de investigaciones penales, criminalísticas y forenses, la consignación de los resultados a la autoridad competente, hasta la culminación del proceso...” 
La cadena de custodia es el mecanismo que procura el debido tratamiento técnico, científico y administrativo de las evidencias físicas (materiales o digitales) vinculadas al proceso penal; mediante la aplicación de procesos y procedimientos que garantizan la integridad y autenticidad de los elementos materiales, desde el momento de su obtención hasta su disposición final.

EVIDENCIA FÍSICA
Elemento material relacionado con un presunto hecho punible susceptible de procesamiento forense, del cual se puede obtener información para la reconstrucción historia del suceso.






FASE INICIAL 
DEFINICIÓN

Es la fase génesis del sistema, integradora de la evidencia física a la cadena de custodia, que comprende el proceso de obtención con sus diversas formas y en la que se inicia el proceso de resguardo de las evidencias físicas.


 

OBTENCIÓN TÉCNICA DEFINICIÓN

    Consiste en el trabajo de campo, mediante el abordaje de sitios, cadáveres, personas o vehículos que pueden estar asociados a la presunta perpetración de un delito, que se debe ejecutar de forma planificada y metódica por parte de los criminalistas y demás forenses, para garantizar la identificación y documentación de las evidencias y el entorno del cual se obtienen.
Obtención Técnica en Lugares: Se considerarán lugares todos aquellos espacios físicos susceptibles de procesamiento forense, que puedan interpretarse como un sitio del suceso, o sitios asociados a la consumación de un hecho delictivo.
A efectos de este manual, los vehículos en todos sus tipos y los cadáveres siempre serán considerados como evidencias, y cuando estén en el sitio del suceso serán tratados como parte del lugar abordado, debiendo agotar los medios necesarios para su procesamiento en el sitio inspeccionado y su correcta interpretación integral.
Obtención Técnica en Personas: Cuando existan personas que puedan estar relacionadas con el hecho investigado en calidad de víctimas, testigos, victimarios, y que sobre su superficie corporal o en las prendas de vestir puedan localizarse evidencias, los forenses deberán aplicar los procedimientos establecidos para su obtención, respetando siempre la integridad física y dignidad de la persona.
Obtención Técnica de Cadáveres: Consiste en el tratamiento forense de un cadáver que se encuentre fuera del sitio del suceso y de todas aquellas evidencias que puedan colectarse de él, aplicando los lineamientos establecidos en el protocolo específico.
Obtención Técnica en Vehículos: Consiste en el tratamiento forense de un vehículo que se encuentre fuera del sitio del suceso, aplicando los lineamientos establecidos en el protocolo para el abordaje de lugares


PROCEDIMIENTO DE PROTECCIÓN

Conjunto de actividades destinadas a evitar la modificación del lugar abordado, así como de cualquiera de los elementos de interés criminalístico presentes en él. (Tabla1). 
El procedimiento de protección está constituido por dos actividades: delimitación y preservación del lugar.
Delimitación: Consiste en evaluar de manera general el lugar a ser abordado, con el propósito de demarcarlo y decidir las técnicas e instrumentos de preservación que serán empleados. 
En este procedimiento, se recomienda considerar inicialmente las características generales del entorno y posteriormente las particularidades, para visualizar las posibles evidencias de interés criminalístico, a fin de evitar que cualquier evidencia quede fuera del área delimitada. 
El personal responsable de este procedimiento, deberá evitar cualquier contacto (directo o indirecto) con las evidencias físicas, salvo el que pueda tener con las víctimas humanas que presenten signos vitales, en procura de salvaguardar la vida, mediante su debida asistencia paramédica. 
En caso de efectuarse contacto con las evidencias físicas, se deberá plasmar en documentos asociados de la Cadena de Custodia, para justificar la acción que pueda generar modificación.
Preservación: Efectuada la delimitación, se emplearán técnicas e instrumentos para la protección del lugar, con la finalidad de evitar el paso vehicular, animal, o de personas ajenas al procedimiento, así como el impacto de las condiciones ambientales; estas medidas tendrán como objeto minimizar el riesgo de modificaciones. 
Las distancias para la delimitación y preservación del sitio se especificarán en los protocolos anexos al presente manual, partiendo siempre de la regla de no dejar elementos de interés criminalístico fuera del perímetro de seguridad, igualmente el espacio debe ser lo suficientemente amplio para el debido desempeño de los forenses actuantes, y la seguridad de posibles espectadores en el lugar





TABLA 1 - Técnicas, materiales, instrumentos y responsables
Técnicas Instrumentos/ Materiales Acordonamiento Cintas o cuerdas Apostamiento Personas actuantes
Barreras 
- Conos - Vehículos oficiales - Bardas móviles - Parabán
Superposición
- Toldo. - Sombrilla. - Carpas.
Otras
Todas las que contribuyan a la obtención de una evidencia sin afectar el objeto de la cadena de custodia, y que se contemplen en los protocolos anexos. Responsables


 Criminalistas, Forenses, Policías, Investigadores Penales, Militares, Bomberos, Rescatistas.

 
PROCEDIMIENTO DE OBSERVACIÓN PRELIMINAR

    Es el procedimiento que tiene por finalidad recabar la información para la planificación del abordaje y la búsqueda de los elementos de interés criminalísticos.
Para la planificación del abordaje, se deben cumplir los siguientes lineamientos y tener presente las técnicas, materiales e instrumentos referidos en la tabla 2.   
• Verificar la idoneidad del procedimiento de protección, en caso de que haya sido efectuado por los operarios que intervinieron de manera primaria.
• Identificar las posibles condiciones inseguras que pudiesen representar riesgos para la integridad física del personal actuante.
• Evaluar las características físicas del sitio. 
• Definir y señalizar la ruta de ingreso y egreso del personal actuante.
• Designar las funciones del talento humano disponible para la ejecución de las actividades


• Establecer las técnicas o patrones de búsqueda de evidencias físicas.
• Evaluar el tipo de hecho y de la naturaleza de las posibles evidencias físicas.
• Determinar los   instrumentos adecuados   para la señalización de evidencias físicas, así como los equipos idóneos disponibles.
• Priorizar el tratamiento de las evidencias físicas según su naturaleza, procurando practicar la mayor cantidad de análisis posible en el sitio, a los fines de establecer la relación de las evidencias físicas con el lugar y con el hecho investigado.  
Para la búsqueda de evidencias se deben seguir los siguientes lineamientos y tener presente lo referido en la tabla 2:
• Observar a simple vista.
• Emplear en la observación instrumentos especializados.
• Efectuar los patrones de búsqueda acorde con el entorno inspeccionado y al tipo de evidencia física que se procura localizar: cuadrante, zigzag, lineal, espiral, concéntrico, entre otros.
• No efectuar la búsqueda de evidencias físicas de forma apresurada. 
• Asignar el personal en conformidad con las dimensiones del lugar inspeccionado. Se recomienda una persona por cada 50 m2.
• Aprovechar la luz natural en el aseguramiento del lugar; en los casos de abordaje nocturno, emplear suficiente iluminación artificial.




Tabla 2: Técnicas, materiales, instrumentos y responsables
Técnicas Instrumentos/ Materiales
Observación directa
Lista de cotejo Escala de apreciación Registro de rasgos y caracteres
Señalización
Alfanuméricos   Cuerdas Adhesivos Conos Banderines Flechas
Otras
Todo lo que contribuya a la obtención de una evidencia sin afectar el objeto de la cadena de custodia, y que se contemplen en los protocolos anexos. Responsables
 Criminalistas, Forenses, Policías, Investigadores  Penales, Militares, Bomberos, Rescatistas.


 
PROCEDIMIENTO DE FIJACIÓN

    Consiste en un conjunto de métodos y técnicas que se utilizan para dejar constancia de cómo se encuentra el lugar y las evidencias al momento del abordaje, plasmándose las características generales, particulares y de detalle.
La importancia de este procedimiento radica en registrar de manera escrita, fotográfica, planimétrica, videográfica, entre otras; las condiciones y características que presenten los lugares y las evidencias físicas, a fin de facilitar la comprensión futura del trabajo realizado, lograr la evaluación y análisis correcto de los hechos, así como fundamentar hipótesis en la investigación.
Se realiza antes, durante y después del abordaje, incluso se deberá cumplir si no se localiza alguna evidencia.
Dentro de los tipos de fijación del lugar de interés criminalístico y de sus evidencias, serán de cumplimiento obligatorio, la fijación escrita, la fijación fotográfica, y la fijación planimétrica. La fijación videográfica es optativa, así como cualquier otro medio de fijación que pueda ser de utilidad en la investigación.


Fijación Fotográfica

Consiste en la captación de imágenes, de manera general, particular y en detalle del sitio y evidencias de interés criminalístico, mediante el empleo de dispositivos fotográficos.
Para la fijación fotográfica se deben cumplir los siguientes lineamientos y tener presente lo referido en la tabla 3: 
• Las fotografías obtenidas durante el procedimiento de fijación, no requieren cadena de custodia, salvo cuando por situaciones especiales deban ser tratadas como evidencias físicas.  
• La totalidad de las fijaciones fotográficas obtenidas en los lugares o   evidencias físicas relacionadas con una investigación, deberá ser debidamente archivada y preservada.
• Se deberá llevar un registro del número de copias o reproducciones.
• En el lugar de almacenamiento de las fotografías, se debe garantizar la debida identificación de las imágenes fotográficas, relacionándolas con cada caso en particular, así como el fácil acceso a las mismas por el personal autorizado en cualquier etapa del proceso.  
Tipos de Fijación Fotográfica 
De Carácter General: Es la visualización y fijación del sitio de suceso o elemento de interés criminalístico en su aspecto más amplio, tomando en consideración todos los ángulos posibles. Esta se realizará captando la escena primeramente sin la intervención de instrumentos de señalización, y luego utilizándolos en las evidencias.
De Carácter Particular: Se realiza mediante la señalización de las evidencias en el sitio o elemento de interés criminalístico, llevando un orden correlativo a manera de visualizar su ubicación con respecto a otras evidencias o puntos de referencia, pudiendo utilizar el testigo flecha. En esta fotografía siempre se debe observar el señalizador alfanumérico.
De Carácter en Detalle: Consiste en resaltar las características de interés en las evidencias con el uso del testigo flecha y testigo métrico, permitiendo destacar de forma minuciosa lo que se desee mostrar. 

 Tabla 3: Técnicas, materiales, instrumentos y responsables.
Técnicas Instrumentos/ Materiales
Móvil
Cámara y sus accesorios Otras
Otras
Testigo métrico Señalizadores alfanuméricos Todo lo que contribuya a la obtención de una evidencia sin afectar el objeto de la cadena de custodia, y que se contemplen en los protocolos anexos.
Responsables
Fotógrafo Forense, Criminalista.


 Fijación Escrita

Consiste en redactar de forma descriptiva, de manera clara y concisa, las carácterísticas del sitio o de otro elemento de interés criminalístico evaluado, para dejar constancia de las condiciones en la que se encuentra el objeto de la fijación.
Para la fijación escrita se deben cumplir los siguientes lineamientos y tener presente lo referido en la tabla 4:
• La fijación escrita no requiere cadena de custodia, salvo que en situaciones especiales deba ser tratada como evidencia. 
• Debe ser redactada de manera clara, secuencial, precisa, en tercera persona, en tiempo presente, aplicando las normas generales de redacción. 
• Considerar la ubicación geográfica, condiciones atmosféricas, estado y conservación. 
• Considerar elementos de referencia permanente con respecto al sitio.  
• Describir detalladamente el lugar y las evidencias. La descripción debe ser secuencial y acorde con la señalización alfanumérica de las evidencias físicas. 
• Se deben establecer dos puntos fijos de referencia que formen ángulos de noventa grados al momento de indicar las distancias. La descripción debe ser secuencial y acorde con la señalización alfanumérica de las evidencias.
• En caso de personas o cadáveres, se describirán las condiciones generales, tales como: vestimenta, aseo, heridas, tatuajes; procurando señalar las zonas anatómicas 


donde se localicen aspectos importantes de identificación, así como también, las evidencias físicas que en él se observen.
• Toda fijación escrita deberá generar documentos asociados, suscritos por todos los operarios actuantes.  
• La totalidad de las fijaciones escritas deberá ser archivada.

Tabla 4: Técnicas, materiales, instrumentos y responsables
Técnicas Instrumentos/ Materiales
Manual
Tabla Borrador Papel Brújula Instrumentos de medición y escriturales
Digital
Medios electrónicos GPS Entre otros
Otras
Todo lo que contribuya a la obtención de una evidencia sin afectar el objeto de la cadena de custodia, y que se contemplen en los protocolos anexos. Responsables
 Criminalistas, Forenses, Investigadores Penales, Policías.

Fijación Planimétrica

Es una representación gráfica (escala o acotado) que permite ilustrar la ubicación espacial, dimensiones y distancias de los elementos de interés criminalístico y la posición en que se encontraban en el lugar de la investigación.  
Para la fijación planimétrica se deben cumplir los siguientes lineamientos y tener presente lo referido en la tabla 5:  
• La fijación planimétrica no requiere cadena de custodia, salvo que en situaciones especiales deba ser tratada como evidencia física.  
• Debe respetar las reglas generales del dibujo técnico, la simbología universal y elsistema métrico decimal.
 
• Considerar la ubicación geográfica, dimensiones del lugar y de las evidencias. 
• Considerar características particulares y estado de conservación. 
• Considerar los elementos de referencia permanente con respecto al sitio. 
• Se deben establecer dos puntos fijos de referencia que formen ángulos de noventa grados al momento de indicar las distancias.
• Toda fijación planimétrica deberá generar un plano, suscrito por todos los funcionarios   actuantes.  
• La totalidad de las fijaciones planimétricas deberá ser archivada.

Tabla 5: Técnicas, materiales, instrumentos y responsables
Técnicas Instrumentos/ Materiales
Levantamiento planimétrico
Tabla de soporte Regla Tabla digital Escalímetro Linterna GPS Lápiz de grafito Brújula Borrador Podómetro Papel Cinta métrica
Otras
Todo lo que contribuya a la obtención de una evidencia sin afectar el objeto de la cadena de custodia, y que se contemplen en los protocolos anexos. Responsables
Planimétrico Forense, Criminalistas.

Fijación Videográfica

La toma de videos consiste en la captura continua de imágenes desde el momento del ingreso al abordaje del lugar objeto de estudio. Los videos tomados en el lugar pueden ser con o sin narrativa.
Para la fijación videográfica se deben cumplir los siguientes lineamientos y tener presente lo referido en la tabla 6
 
• La fijación videográfica no requiere de cadena de custodia, salvo que en situaciones especiales deba ser tratada como evidencia. 
• En los videos se deberá identificar la persona encargada de la grabación y en caso de haber narración, al responsable de la misma.
• Se deberá plasmar fecha, lugar y hora de la captación.
• La totalidad de las fijaciones videográficas deberá ser archivada

Tabla 6: Técnicas, materiales, instrumentos y responsables
Técnicas Instrumentos/ Materiales
Móvil
Cámara y sus accesorios Testigo flecha Testigo métrico Entre otros Aérea Aeronave remota no tripulada
Otras
Todo lo que contribuya a la obtención de una evidencia sin afectar la cadena de custodia, y que se contemplen en los protocolos anexos. Responsables Camarógrafo Forense, Criminalista, Investigador Penal.

PROCEDIMIENTO DE COLECCIÓN

Consiste en las actividades que se realizan para el levantamiento de la evidencia de manera manual o con el uso de equipos, instrumentos o materiales especializados, a los fines de continuar su respectivo tratamiento, tomando en cuenta la naturaleza de la evidencia, y el análisis al cual va a ser sometida.
Para ejecutar este procedimiento debe existir criterio de colección y se debe cumplir con los lineamientos que se exponen a continuación; también se debe tener presente lo referido en la tabla 7: 
• Colectar las evidencias físicas que hayan sido previamente relacionadas durante el procedimiento de inspección preliminar.
• Manipular la evidencia física lo estrictamente necesario.
• Usar el equipo de protección personal apropiado.
• Contar con los instrumentos y materiales que faciliten la colección y minimicen el riesgo de modificación de las evidencias físicas.

• Clasificar y separar las evidencias físicas según su naturaleza.
• Asegurar que las evidencias físicas colectadas hayan sido previamente fijadas.
• Seleccionar la técnica de colección más adecuada, para facilitar la aplicación de los análisis posteriores.
 
• Colectar la evidencia física en cantidad suficiente para que se apliquen los análisis preliminares, confirmatorios y ulteriores.

• Priorizar la técnica de colección que facilite los análisis con mayor probabilidad de aporte a la investigación, cuando la cantidad de evidencia física pueda considerarse exigua para la aplicación de diferentes estudios.

• Aplicar en lo posible, los análisis de las evidencias físicas en el lugar abordado.
Colección por Reproducción: Se corresponde con un medio especializado de colección de evidencias, cuando el tipo de evidencia sea no transportable desde el lugar de su localización.  Ejemplo: cráteres producto de explosiones, huellas negativas, huellas de mordida, entre otras.
La colección por reproducción se clasifica en: Reproducción Fotográfica, Reproducción por Modelado y Reproducción Digital (videos).
Las fotográficas, los moldes y copias digitales efectuadas, serán objeto de registro y cadena de custodia, por constituirse en esta oportunidad en evidencias susceptibles de peritaje con fines comparativos. 
El criterio de colección en todo caso debe ser lógico, razonado y fundamentado desde lo técnico para vincular la evidencia con el hecho investigado. 
Las especificaciones del tratamiento de las evidencias estarán sujetas a las directrices dictadas en los protocolos de cada área de estudio.


Tabla 7: Técnicas, instrumentos, materiales y responsables
Técnicas Instrumentos/ Materiales Levantamiento directo Manual, pinza Estarcimiento (adherencia) Cinta adhesiva, reactivos Aspirado / Barrido Aspiradora, escobilla, contenedores. Macerado Hisopos, gasas, algodón Raspado Bisturí, hojillas, láminas portaobjetos Impregnación Hisopos, gasas, algodón Reproducción Fotográfica Cámaras, filtros de diferentes longitudes de onda Reproducción por Moldeado Moldes, sustancias moldeadoras
Reproducción Digital
Programas tecnológicos de duplicación, unidades de almacenamiento de información digital Electrostática Equipo Adherencia Portamuestra con películas adherentes Trasegado Contenedores, inyectadoras Imantación Imanes Tamizado Tamices
Otras
Todo lo que contribuya a la obtención de una evidencia sin afectar la cadena de custodia, y que se contemplen en los protocolos anexos. Responsables
Criminalistas, Forenses.


PROCEDIMIENTO DE EMBALAJE Y ROTULACIÓN

Embalaje: Consiste en la aplicación de métodos y técnicas destinadas a envolver, empacar o introducir la evidencia en un receptáculo idóneo, con el objeto de garantizar su preservación y adecuada manipulación durante el traslado y resguardo.
Las especificaciones para el embalaje de la evidencia están asociadas a la naturaleza y al tipo de análisis a ser aplicado por los forenses, mediante diferentes métodos y técnicas a emplear según sea el caso, y estarán sujetos a las directrices dictadas en los protocolos de cada área de estudio.
Se debe utilizar en todo momento el precintado, aunque sea de forma transitoria, esto a los fines de evitar que terceros desembalen las evidencias sin la cualidad legal o técnica para realizarlo, este precinto consistirá en cualquier elemento que, en caso de ser violentado, se pueda apreciar su ruptura, aun cuando el ejecutante quiera hacer ver que no ha sido manipulado.
Para el embalaje se deben cumplir los siguientes lineamientos y tener presente lo referido en la tabla 8: 
• Cumplir con los principios de colección, fijación y preservación de las evidencias físicas antes de embalar.
• Utilizar un tipo de envoltorio para cada una de las evidencias físicas de manera ordenada, aun cuando sean de la misma naturaleza.
• Utilizar un envoltorio acorde al tipo de evidencia física y a su naturaleza, considerando el tipo de estudio al cual va a ser sometida.
• Utilizar envoltorios limpios o descartables y esterilizados de acuerdo al caso.
• Tomar las precauciones necesarias al momento de embalar la evidencia física, así como también la indumentaria y equipo utilizado, a fin de evitar su modificación.
• Considerar los elementos de bioseguridad al momento de manipular la evidencia.
• Deberá emplearse un mecanismo de precintaje biológico, físico o digital, según el tipo de evidencia física. 
• Deberá realizarse un precintado de la evidencia física cada vez que se deba trasladar de un lugar a otro. 
• Una vez que una evidencia física ha sido desembalada para su revisión o análisis deberá ser embalada y precintada nuevamente.


Embalaje secundario: Consiste en el empleo de materiales para facilitar la conglomeración y el traslado de las evidencias previamente embaladas. El embalaje secundario debe conglomerar las evidencias de misma naturaleza, y debe cumplir con el precintado sólo a efectos del traslado.

Tabla 8: Técnicas, instrumentos, materiales y responsables
Técnicas Instrumentos/ Materiales
Embalaje
Bolsas de papel, de material sintético Cajas de cartón, de material sintético Contenedores especiales, antiestáticos Contenedores de vidrio, de metal Faraday.
Precintado
Biológico: ADN sintético. Físico: Fleje, precinto desechable (T-RAP), sello, tiras, cinta o cordón Digitales: Algoritmo Hash, Código QR.
Otras
Todo lo que contribuya a la obtención de una evidencia sin afectar la cadena de custodia, y que se contemplen en los protocolos anexos. Responsables
Criminalistas, Forenses.

Rotulación: Consiste en la identificación de las evidencias previamente embaladas, plasmando con códigos alfanuméricos, los datos e información referida a la evidencia y al caso de investigación.
El Rotulado debe contener: 
• Oficina que instruye. • Número de expediente. • Número de la Planilla de Registro de Cadena de Custodia (PRCC). • Correlación alfanumérica de la evidencia. • Descripción de la evidencia. • Lugar de colección. • Observaciones: indicar si la evidencia es frágil, tóxica, inflamable, entre otros.

El rótulo se debe diligenciar con tinta indeleble, de manera concisa, precisa y exacta, con letra legible; su contenido debe ajustarse a la información verdadera y no debe tener tachaduras ni enmiendas.  Además de plasmar la información requerida de forma manuscrita, también podrán imprimirse en dispositivos tecnológicos y adherirse los rótulos con la información requerida.
 (Tabla 9).
Tabla 9: Técnicas, instrumentos, materiales y responsables
Técnicas Instrumentos/ Materiales
Rotulado
Etiquetas Hojas Marcadores Bolígrafos
Otras
Todo lo que contribuya a la obtención de una evidencia sin afectar la cadena de custodia, y que se contemplen en los protocolos anexos. Responsables Criminalistas, Forenses, Investigador Penal, Policía.

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO EN PLANILLA DE CADENA DE CUSTODIA (PRCC)
Una vez colectadas, embaladas y rotuladas las evidencias, deberán ser reseñadas inmediatamente en el lugar de colección en la Planilla de Registro de Cadena de Custodia (PRCC).
Los lineamientos para el registro de evidencias en la PRCC, están contemplados en el aparte destinado para el instructivo de llenado de este documento relacionado. 

PROCEDIMIENTO DE TRASLADO

Consiste en transportar de manera segura la evidencia física desde el lugar de obtención hasta el área de resguardo o laboratorio, garantizando la preservación.
Las especificaciones para el traslado de la evidencia física están asociadas a la naturaleza y al tipo de análisis a ser aplicado por los forenses, mediante diferentes métodos y técnicas a emplear según sea el caso y estarán sujetos a las directrices dictadas en los Protocolos de cada área de estudio. (Tabla 10)
La integridad de las evidencias procurará ser garantizada con la debida manipulación. Al respecto debe considerarse tres aspectos:
• Inmediatez del traslado, una vez retirado el personal actuante del lugar de obtención de la evidencia. 
• Identificación de las personas que hayan realizado el traslado de la evidencia, en la PRCC y demás documentos asociados.

• Los vehículos empleados (terrestres, acuáticos y aéreos), deberán estar equipados para la transportación de evidencias físicas, a fin de prevenir accidentes e incidentes.

Tabla 10: Modos de proceder, instrumentos, materiales y responsables
Técnicas Instrumentos/ Materiales Libre Con solo el embalaje Vehículos
Especializados
Neveras Cajas fuertes Ollas antiexplosivas e incendios Cavas Maletas
Otras
Todo lo que contribuya a la obtención de una evidencia sin afectar la cadena de custodia, y que se contemplen en los protocolos anexos. Responsables Criminalistas, Forenses, Investigadores Penales, Policías.  

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